ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora y una potencia de motor adecuada, para la navegación en una zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 150 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Además podrán gobernar motos náuticas.
CONDICIONES:
-Estar en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
-Haber cumplido 18 años.
-Realizar un reconocimiento médico.
-Superar el exámen de 40 preguntas tipo test.
-Realizar unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración será de 48 horas impartidas en el barco-escuela. 8 de ellas serán nocturnas.
-En el caso de no tener el PER habilitado a vela, para la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela (veleros) será preciso, además de realizar las prácticas anteriores, realizar unas prácticas específicas a vela de 16 horas.
-Las prácticas de radiocomunicaciones no las tienes que hacer, ya las hicistes en el PER
-Solicitar la expedición del título.
CURSO TEÓRICO PATRON DE YATE
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PRÁCTICAS BÁSICAS DE SEGURIDAD Y NAVEGACIÓN
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PRÁCTICAS DE RADIOCOMUNICACIONES
Las Prácticas de Radiocomunicaciones no las tendrás que realizar, ya que las hicistes en el PER.
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